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Con alegría informamos que nuestro Estudio, obtuvo sentencia favorable en caso de fraude bancario que condena a Banco de Chile a la devolución del monto defraudado a clienta.
Se destaca en la sentencia los considerandos 4° y 5°, que aluden a la obligación de Banco de Chile en cuanto al deber de seguridad en el servicio:
“4°) Que, el Banco de Chile no acreditó el cumplimiento de la obligación que le impone el artículo 23 de la Ley N° 19.496, específicamente, respecto de la seguridad en el servicio, naciéndole el derecho a reparar adecuadamente a quien ha actuado en forma diligente por cuanto debió mantener sin fallas o deficiencias el servicio puesto a disposición de la clienta para el pago electrónico.
5°) Que, en consecuencia, la querellante tenía el derecho a un servicio seguro en la materia y la obligación de la institución bancaria de resguardar el patrimonio que aquella le confió, tomando todas las medidas necesarias.”
Somos un estudio que garantiza un asesoramiento jurídico comprometido con las necesidades del cliente, buscando siempre las alternativas más beneficiosas dentro del marco legal